Requisito de edad:
  • Para acceder a las enseñanzas de idiomas en su modalidad presencial será requisito imprescindible tener 16 años cumplidos antes del 31 de diciembre del año en curso.
  • Podrán acceder asimismo los solicitantes con 14 años cumplidos (o que los cumplan antes del 31 de diciembre del año en curso) y menores de 16, únicamente si solicitan un idioma distinto al cursado en la ESO como primera lengua extranjera.

 

Requisitos académicos:
  • Para acceder a 1º de Nivel Básico no existen requisitos académicos mínimos.
  • Para acceder a 2º de Nivel Básico se requerirá poseer una acreditación correspondiente al nivel A1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Por otra parte, el alumnado que haya superado la materia correspondiente a la primera lengua extranjera del primer curso de Bachillerato podrá acceder al segundo curso del nivel básico de esa lengua en la EOI.
  • Para acceder a Nivel Intermedio B1 se requerirá poseer una acreditación correspondiente al nivel A2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Por otra parte, el alumnado que haya superado la materia correspondiente a la primera lengua extranjera del segundo curso de Bachillerato podrá acceder al curso del nivel intermedio de esa lengua en la EOI.
  • Para acceder a 1º de Nivel Intermedio B2 se requerirá poseer una acreditación correspondiente al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
  • Para acceder a 2º de Nivel Intermedio B2 se requerirá poseer una acreditación correspondiente al nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
  • Para acceder a 1º de Nivel Avanzado C1 se requerirá poseer una acreditación correspondiente al nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
  • Para acceder a 2º de Nivel Avanzado C1 se requerirá poseer una acreditación correspondiente al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

 

LAS TITULACIONES UNIVERSITARIAS NO SERÁN TENIDAS EN CUENTA A EFECTOS DE

SOLICITAR ACCESO A UN CURSO SUPERIOR A 1º NIVEL BÁSICO

 

LOS REQUISITOS ACADÉMICOS DEBEN REUNIRSE EN EL MOMENTO DE FORMALIZAR LA MATRÍCULA

Las titulaciones reconocidas para permitir el acceso directo a segundo curso o posteriores serán, además de las expedidas por cualquier Escuela Oficial de Idiomas, las expedidas por alguna de las instituciones recogidas en el Anexo III de la ORDEN de 31 de enero de 2011, de convalidaciones.