ESCOLARIZACIÓN EN RÉGIMEN LIBRE 2009/2010

ADMISIÓN DEL ALUMNADO EN EL RÉGIMEN DE ENSEÑANZA LIBRE

La información aquí recogida respecto al proceso de escolarización para el curso 2009/2010 se ha organizado de la siguiente forma:

a.     ¿Qué es el régimen de matrícula libre?

b.     Enseñanzas en las que poder realizar la matrícula

c.     Contenidos, bibliografía recomendada y criterios de evaluación

d.     Requisitos de acceso

e.     Documentación y plazo

f.     Posibilidad de continuar estudios en Régimen Oficial

g.     Cuadro Explicativo de los Anexos y Documentación a presentar según el caso del solicitante

h.     Tasas Académicas

 

 

a. ¿Qué es el régimen de matrícula libre?:

La normativa educativa posibilita el acceso a las Escuelas Oficiales de Idiomas a través del llamado régimen de matrícula libre. Su finalidad es que aquellos alumnos con conocimientos suficientes de un idioma puedan obtener una acreditación oficial de dichos conocimientos sin tener que cursar por la vía oficial (presencial). La superación de una serie de pruebas organizadas anualmente por las EEOOII para cada nivel (básico, intermedio y avanzado), da lugar a la certificación inmediata de los conocimientos del alumno.

No existe límite de plazas, y no se realiza preinscripción. El alumno/a se matrícula directamente en el plazo correspondiente (ver más abajo).

A la hora de formalizar su matrícula, el interesado puede, en función de sus conocimientos, optar por cualquiera de los tres niveles, sin que sea preciso haber obtenido certificación positiva en un nivel anterior para matricularse en otro más avanzado. Es decir, se puede formalizar directamente matrícula en el nivel avanzado, si el alumno considera que tiene conocimientos suficientes como para superar las pruebas de certificación para dicho nivel.

Los contenidos que

b. Enseñanzas en las que poder realizar la matrícula:

En esta EOI, en el curso académico 2009/2010, se ofertará matrícula en régimen libre en el Nivel Básico y Nivel Intermedio de los dos idiomas aquí impartidos: Francés e Inglés. Para cursar el Nivel Avanzado (u otros idiomas) en matrícula libre, habría que acudir a la Escuela de Idiomas más cercana que organizara pruebas para dichos niveles (Cádiz ó Jerez). Al contrario que en régimen oficial, el alumno puede formalizar matrícula en los dos idiomas si así lo deseara.

Por tanto, en los dos idiomas impartidos en esta EOI (Francés e Inglés), podrá solicitarse la admisión en los siguientes niveles para el curso 2009/2010:

Nivel

MREL*

Normativa que lo regula
Nivel Básico
A2

DECRETO 239/2007, de 4 de septiembre, por el que se establece la ordenación y currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en Andalucía

ORDEN de 18 de octubre de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a las enseñanzas de idiomas de régimen especial en Andalucía

Nivel Intermedio
B1

* Nivel correspondiente según el Marco de Referencia Europeo de las Lenguas.
En el caso de autorizarse un nivel más, se comunicará de inmediato al público.


c. Contenidos, bibliografía recomendada y criterios de evaluación:

FRANCÉS

Nivel Básico

Nivel Intermedio

Objetivos y Contenidos del Nivel Básico (pdf)

Objetivos y Contenidos del Nivel Intermedio (pdf)

Manuales y Bibliografía NB (pdf)

Manuales y Bibliografía NI (pdf)

Criterios de Evaluación NB (pdf)

Criterios de Evaluación NI (pdf)

Descripción de las Pruebas (pdf)

 

INGLÉS

Nivel Básico

Nivel Intermedio

Objetivos y Contenidos del Nivel Básico (pdf)

Objetivos y Contenidos del Nivel Intermedio (pdf)

Manuales y Bibliografía NB (pdf)

Manuales y Bibliografía NI (pdf)

Criterios de Evaluación NB (pdf)

Criterios de Evaluación NI (pdf)

Descripción de las Pruebas (pdf)

d. Requisitos de acceso:

Requisito de edad:

·   Para acceder a las enseñanzas de idiomas será requisito imprescindible tener 16 años cumplidos antes del 30 de abril de 2010.

·   Podrán acceder asimismo los solicitantes con 14 años cumplidos (o que los cumplan antes del 30 de abril de 2010) y menores de 16, únicamente si solicitan un idioma distinto al cursado en la ESO como primera lengua extranjera.

e. Documentación y plazo:

El impreso de matriculación para estas enseñanzas -Anexo III-, será facilitado gratuitamente en esta EOI o podrá descargarse de la web de la Escuela, completándose por triplicado, y se presentará junto con el resto de la documentación en el plazo comprendido entre el 15 y el 30 de abril.

Los alumnos procedentes de otra Escuela deberán solicitar en el momento de la matriculación, el traslado de su expediente a esta EOI.

Los alumnos que se matriculen por primera vez deberán presentar:

·     Impreso de matrícula (Anexo III), por triplicado.

·     Justificación del abono (obligatorio) de las tasas de matriculación (modelo 046) –ver tabla abajo.

·     Justificación del abono (voluntario) de las tasas del carnet escolar (modelo 046) –ver tabla abajo.

·     Fotocopia del DNI ó Pasaporte.

·     Declaración de no haber formalizado matrícula en régimen libre en otra Escuela Oficial de Idiomas o de no tener expediente abierto en otra EOI, o que ha solicitado el traslado a esta Escuela Oficial de Idiomas.

·     Anexo V, para aquellos alumnos que tengan entre 14 o 15 años (o que los cumplan antes del 30 de abril de 2010), quienes podrán matricularse, exclusivamente, de un idioma distinto al que estudian como primera lengua en la ESO.

·     2 Fotografías.

Los alumnos de esta Escuela (antiguo alumno) deberán presentar:

·     Impreso de matrícula (Anexo III), por triplicado.

·     Justificación del abono de las tasas de matriculación (modelo 046).

·     Declaración de no haber formalizado matrícula en régimen libre en otra Escuela Oficial de Idiomas.

f. Posibilidad de continuar estudios en Régimen Oficial:

Aquellos alumnos que, en el caso de obtener calificación positiva en sus pruebas libres, quisieran proseguir estudios en el Nivel Intermedio en Régimen Oficial en el curso 2010/2011, deberán realizar preinscripción durante el mes de marzo (previo a la matriculación libre) dentro del proceso de escolarización para alumnos oficiales (click aquí para consultar dicho proceso de escolarización oficial). Caso de ser admitidos, su matriculación definitiva en Régimen Oficial (presencial) estará condicionada a la superación de las pruebas en Régimen Libre, quedando su puesto escolar a disposición de otros solicitantes en el caso de obtener calificación negativa.

g. Cuadro Explicativo de los Anexos y Documentación a presentar según el caso del solicitante:

Anexo III

Matriculación en Régimen Libre para Nivel Básico.

Impreso de MATRICULACIÓN en enseñanzas especializadas de idiomas.

·   Alumnos que deseen cursar Nivel Básico (A2) en Régimen de Matrícula Libre. Es obligatoria la presentación de este anexo.

Entregar por duplicado, en el caso de descargarlo desde la web (ejemplar para el interesado y ejemplar para el centro).

Anexo V

Certificación primer idioma que el alumno cursa en Enseñanzas de Régimen General.

CERTIFICACIÓN de la lengua extranjera que estudia como primer idioma el alumno/a que esté cursando Enseñanza Secundaria Obligatoria.

·   Es obligatoria la presentación de este Certificado EXCLUSIVAMENTE para alumnos de 14 ó 15 años (cumplidos a 30 de Abril).

El certificado, que será expedido por el Secretario/a del centro donde se halle cursando estudios, con visto bueno del Director del mismo, se aportará junto con el impreso de matriculación (Anexo III) y el resto de la documentación, debiendo hacer mención expresa de la lengua extranjera que cursa como primer idioma.

Estos Anexos se pueden descargar de la web, teniendo en cuenta, en este caso, lo siguiente:

·  El impreso de solicitud de Admisión se presentará por duplicado (ejemplar para el centro y ejemplar para el interesado).

·  Si está obligado a entregar el Anexo V, éste será el original, firmado por el Secretario/a y Director/a del centro donde cursa estudios, dejando a elección del solicitante el quedarse previamente con una copia del mismo.

 

h. Tasas de Matrículación:

Justificación del abono de las tasas de matriculación (modelo 046) o de su exención, en los siguientes casos:

·     Las víctimas de actos terroristas así como sus cónyuges e hijos (presentarán certificado de esta condición).

·     Los beneficiarios de familia numerosa de categoría especial. Los de categoría general abonarán el 50% de la tasa correspondiente (presentarán fotocopia del libro de familia numerosa).

·     Solicitantes de beca (comunicarlo en el momento de la matriculación y posteriormente mediante la credencial de becario, dentro de los diez días siguientes a su recepción. En caso de denegación deberá abonar las tasas en el plazo anteriormente indicado).

El modelo 046 será facilitado gratuitamente en esta EOI o podrá confeccionarse on-line a través de la web de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.

 

1 idioma

2 idiomas

Ordinaria

Familia Num

Ordinaria

Familia Num

Nuevo alumno

68,76€
34,38€
111,07€
55,54€

Antiguo alumno

49,86€
24,93€
92,17€
46,09€

Códigos para cumplimentar en el modelo 046

Código Territorial:
ED 11 01

Tasas de matriculación:
concepto 0026

Tasas de carnet escolar: 1.15
concepto 0027